Medicamentos que el Estado dejaría de financiar

Medicamentos que el Estado dejaría de financiar

Los pacientes que necesitan medicamentos que no están en el Plan Obligatorio de Salud (POS) están pendientes de una nueva reglamentación en la que está trabajando el Ministerio de Salud. Teniendo en cuenta que la Ley Estatutaria ordena la eliminación del POS, el Ministerio está creando una “lista de exclusiones”, que incluye fármacos y procedimientos que no podrán ser financiados por el Estado.

Hasta diciembre de 2018, Ministerio de Salud, hospitales y pacientes deberán ponerse de acuerdo en la lista de esos medicamentos que no podrán financiarse con recursos públicos. La negociación no ha sido fácil. El Ministerio ya presentó una lista de 10 procedimientos y fármacos que, a su juicio, deben entrar en la lista de exclusiones.
Para postular estos medicamentos, el Ministerio tuvo en cuenta los siguientes criterios: “carecer de eficacia y seguridad, carecer de efectividad, no haber sido aprobados por el Invima o no estar disponibles en el país”.

El listado que presentaron incluye siete medicamentos, dos servicios y un procedimiento quirúrgico. “Ninguna de las 10 garantiza eficacia o seguridad. De hecho, cuatro no tienen aprobación del Invima”, señaló el Ministerio en un comunicado.

La lista
El primer medicamento que podría salir del plan de beneficios es Teofilina, utilizado para tratar la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (Epoc). La razón de sacarlo del POS es porque, según el Minsalud, no existe evidencia que demuestre que es mejor que otros de los fármacos que se utilizan en las terapias inhaladas. Sin embargo, en hospitales de Medellín siguen recetando este fármaco a pacientes con Epoc, como lo pudo confirmar El COLOMBIANO.

El segundo medicamento que propuso el Ministerio para la lista de exclusión es Anakinra, utilizado para la artritis reumatoide. En este caso se aplican tres criterios de exclusión: “falta de evidencia sobre su eficacia, no cuenta con registro del Invima y debería suministrarse en el exterior”.
Cuando una mujer sufre de eclampsia, enfermedad que causa crisis epilépticas a las mujeres en embarazo, el Ministerio consideró que no se debe aplicar necesariamente Diazepam, “pues no existe evidencia sobre su eficacia y seguridad”.
Para los casos de eclampsia, el Ministerio también propuso excluir la Fenitoina, utilizado para prevenir y controlar convulsiones. Sin embargo, no existe evidencia sobre su eficacia y seguridad”, reiteró el Minsalud.

La quinta posible exclusión afectaría a las familias con personas autistas. El Ministerio eliminó las “sombras terapéuticas” para el tratamiento del autismo. Estas “sombras” son conocidas en el gremio médico como el nombre que se le da a la persona que acompaña permanentemente a un niño con trastorno de autismo, sea maestro, niñero o instructor. Según el Minsalud, “no hay evidencia de que esta técnica cumpla su objetivo: dar autonomía al menor”.

También relacionado con los casos de autismo, el Ministerio recomendó sacar las terapias que no hacen parte del enfoque ABA (análisis aplicado del comportamiento). Dentro de ellas están: “las terapias libres de gluten, la terapia celular, las inyecciones de secretina, los suplementos vitamínicos, la estimulación magnética transcraneal, la terapia de integración sensorial, el trabajo con animales (perros, delfines, caballos, etc.), la musicoterapia y la aromaterapia”.

Si un niño sufre del corazón por padecer cáncer, el Ministerio considera que no es adecuado proveer el medicamento dexrazoxano, pues “no ofrece suficiente seguridad”.
Por las mismas razones recomendó excluir el Irinotecán, especialmente para uso pediátrico en cáncer de colon, ovario, bronquios o pulmón.
El noveno medicamento no está aprobado por el Invima y se utiliza principalmente para el crecimiento de bebés recién nacidos. Se trata de la Octreotida, el cual “no tiene evidencia de eficacia y seguridad”, según el Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud.

El más polémico
El décimo procedimiento que propuso el Ministerio de Salud para incluir en la lista de exclusiones es el que más polémica ha generado en las agremiaciones médicas. Se trata de la reconstrucción mamaria con prótesis en los casos en los que la mujer se va a someter a recibir radioterapia postmastectomía.
La propuesta del Minsalud señala que en los casos de reconstrucción de seno, se debe optar por reconstruir con tejidos autólogos, es decir, de la propia paciente. Esto solamente aplica en los casos donde la paciente se debe someter a radioterapia. Según el Minsalud, “la prótesis, en este caso particular, no tiene evidencia de efectividad y seguridad”.
Frente a la propuesta, mastólogos señalaron que una reconstrucción con los tejidos del paciente no es posible en todos los casos y puede ser más riesgosa. Para el oncólogo Carlos Castro, en los próximos meses se debe recoger “la literatura científica que soporte lo que señala el Ministerio. La decisión de que se excluya o no todavía no se ha tomado, pacientes, médicos y academia deben estudiarlo”.

Denis Silva, vocero de la Asociación Colombia Saludable, señaló que el “Ministerio no ha cumplido lo pactado frente la lista de exclusiones. Ninguno de los actores han participado en la nominación de esos medicamentos o procedimientos. Los pacientes también tenemos derecho a nominar medicamentos que no se utilizan. En el caso de la reconstrucción de seno, utilizando los tejidos jamás se la dará la forma que tenía el otro seno. Esos temas se deben discutir”.
Para Luis Martínez, director de la Asociación de Empresas Sociales del Estado de Antioquia (Aesa), con la nueva reglamentación el Ministerio estaría creando “un nuevo No POS. Se contradice con la Ley Estatutaria en la medida en que las últimas normas que ha expedido no corresponden con el principio de universalidad y el goce efectivo del derecho a la salud. Eso sí, los pacientes deben tener claro que si les niegan un medicamento o un procedimiento pueden interponer un recurso de tutela ante un juez, así el Ministerio diga que está en la lista de exclusiones”.

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